Ordenan a la Sedena reponer el proceso que canceló por la compra de Barretts a sobreprecio

La Décimo Cuarta Sala Regional Metropolitana del tribunal emitió la sentencia de fondo el pasado 3 de julio, en la que ordenó a la dependencia militar reponer el proceso que había cancelado debido a la compra de Barretts a sobreprecio.

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa ha dictaminado que la contraloría de la Secretaría de la Defensa Nacional debe reanudar el proceso de compra de 228 fusiles Barret calibre 0.50, a pesar de las revelaciones del Órgano Interno de Control del Ejército que indicaron que esta adquisición se realizó a un precio excesivo.

La Décimo Cuarta Sala Regional Metropolitana del tribunal emitió una sentencia el 3 de julio, en la cual instruyó a la Secretaría de la Defensa Nacional a reanudar el proceso de compra. Esto ocurrió después de que la empresa Intman, S.A. de C.V. acusara irregularidades en el procedimiento de cancelación de la compra, que tenía un valor de 3 millones 181 mil 740 dólares, equivalente a unos 63 millones 413 mil 33 pesos mexicanos.

El 6 de marzo pasado, la compañía mexicana presentó una demanda contra el titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control de la Secretaría de la Defensa Nacional. Alegaron que la autoridad actuó de manera indebida al fundamentar su competencia y que el organismo de la Sedena actuó de manera ilegal al declarar nulo todo el proceso de contratación. Argumentaron que en lugar de anularlo completamente, debió ordenar la reposición del procedimiento cuando se detectaron irregularidades en la evaluación de las propuestas.

La empresa argumentó que hubo una «ilegalidad al nulificar el procedimiento de contratación de licitación pública electrónica». Esto se debió a que las irregularidades encontradas estaban relacionadas con la etapa de evaluación de las propuestas. En su opinión, la autoridad debería haber ordenado la reposición del procedimiento en lugar de anular por completo todo lo actuado.

La sentencia del Tribunal estableció la nulidad de la resolución AR07/M-V/495 y ordenó la reposición del procedimiento. El Órgano Interno de Control del Ejército recibió notificación de esta decisión el 2 de agosto pasado y no presentó ningún recurso en defensa de la sentencia.