Declara SCJN inconstitucional declara inconstitucional penalizar el aborto por violación
Ciudad de MĆ©xico(NDS).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró este miĆ©rcoles inconstitucional la penalización de mujeres vĆctimas de violación que abortan, al otorgar un amparo a una menor.
La limitación temporal para la interrupción legal del embarazo producto de una violación constituye un acto de violencia contra la mujer que atenta contra sus derechos al libre desarrollo de la personalidad y a la salud mentalā, indicó la SCJN en un comunicado.
La primera sala de la SCJN concedió el amparo a una persona con parĆ”lisis cerebral severa y en condiciones de pobreza y marginación que fue vĆctima de violación cuando era menor de edad y a quien el director del hospital general de Tapachula, en el suroriental estado de Chiapas, negó la posibilidad de interrumpir el embarazo.
La situación se dio porque se superaban los 90 dĆas despuĆ©s de la concepción que se establecen en el artĆculo 181 del Código Penal del estado de Chiapas, informó la Suprema Corte.
Sin embargo, la SCJN estableció que el juez de distrito āque conoció inicialmente del amparo realizó un anĆ”lisis incorrecto del asuntoā ya que no valoró la dimensión de las particularidades de la vĆctima, por lo que no actuó āconforme a los lineamientos y directrices relacionados con perspectiva de gĆ©neroā.
AdemĆ”s, los magistrados, que resolvieron el amparo de forma unĆ”nime, consideraron que dicho juez tampoco se pronunció sobre la necesidad o no de aplicar medidas de ajuste ni tomó en cuenta que la vĆctima era menor de edad cuando fue violada, ālo cual le obligaba a adoptar medidas reforzadasā.
Por lo anterior, la sala declaró inconstitucional dicha porción normativa del artĆculo 181 del Código Penal de Chiapas y la negativa del hospital a practicar la interrupción del embarazo.
La limitación temporal prevista en dicho precepto implica un total desconocimiento de la dignidad humana y del libre desarrollo de la personalidad de las mujeres gestantes, cuyo embarazo no es producto de una decisión libre y consentidaā, apuntó el reporte.
āPor lo mismo se trata de conductas que se encuentran tipificadas penalmente y son reprochables por el Estado. (ā¦) La Sala concluyó que la negativa de la autoridad sanitaria se tradujo en una serie de violaciones graves a los derechos humanos de la vĆctima y de su madreā, terminó el SCJN.
La semana pasada, el estado de Hidalgo, en el centro de MĆ©xico, se convirtió a travĆ©s de una reforma en el tercer estado del paĆs en despenalizar el aborto hasta las 12 semanas de gestación sin importar causa, pues hasta ahora solo Oaxaca y Ciudad de MĆ©xico permitĆan legalmente esta prĆ”ctica.
En el resto del paĆs estĆ” permitida cuando hay una violación a la mujer y algunos estados tienen causales por viabilidad del feto, salud de la madre y pobreza extrema.
En Ciudad de MĆ©xico, donde el aborto es legal desde 2007, hasta el 2020 se habĆan realizado 231.191 de ellos, lo cual, segĆŗn especialistas, ha incidido en la disminución de muertes maternas por esta causa.

