Notifica INE al PRD inicio de periodo de prevención
Permanece a la expectativa de que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ratifique la declaración de pérdida de registro.
CDMX.- El Instituto Nacional Electoral (INE) ha comunicado al Partido de la Revolución DemocrĆ”tica (PRD) su entrada en un perĆodo de prevención. Esto se debe a que, segĆŗn los resultados de los conteos distritales, el partido no alcanzó el 3 % de la votación vĆ”lida emitida en ninguna de las tres elecciones federales del pasado 2 de junio.
Conforme al artĆculo 94 de la Ley General de Partidos PolĆticos, una fuerza partidista entra en un periodo de prevención cuando se ubica en alguno de los supuestos de pĆ©rdida de registro como partido polĆtico nacional.
De esta manera se inicia el procedimiento considerado en los artĆculos del 382 Bis al 398 del Reglamento de Fiscalización, relativos al procedimiento de liquidación compuesto por las etapas de prevención y, en su caso, liquidación.
El periodo de prevención inicia a partir de que, de los cómputos que realicen los consejos distritales se desprende que un partido polĆtico nacional o local, no obtuvo el 3 % de la votación y hasta que, en su caso, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirme la declaración de pĆ©rdida de registro.
Por lo tanto, a partir de ahora el PRD deberĆ” sujetarse a lo establecido en los artĆculos 385, numerales 2 y 3, y 386 del Reglamento de Fiscalización, lo cual le implica cumplir, entre otras, con las siguientes obligaciones:
⢠Sólo se podrÔn pagar gastos relacionados con la nómina e impuestos.
⢠DeberÔ suspender cualquier pago a proveedores o prestadores de servicios.
⢠No podrÔ celebrar contratos, compromisos, pedidos, adquisiciones u obligaciones. Las que celebre, adquiera o realice, serÔn nulas.
⢠Suspender pagos de obligaciones vencidas.
⢠Abstenerse de enajenar activos del partido polĆtico.
⢠Abstenerse de realizar transferencias de recursos o valores a favor de persona alguna, independientemente de que se trate de sus trabajadores, dirigentes, militantes, simpatizantes o cualquier otro tercero.
⢠DeberÔ entregar de manera formal, a través de Acta de entrega recepción al interventor, describiendo a detalle los activos y pasivos que constituyen el patrimonio del partido, asà como las contingencias de las que se tenga conocimiento.
⢠No podrĆ” realizar actividades distintas de las encaminadas a la recuperación de cuentas y a hacer lĆquido su patrimonio.
La Comisión de Fiscalización deberĆ” designar en los próximos dĆas a la persona que fungirĆ” como interventora en el procedimiento de liquidación.

