Resuelve TEPJF que el INE puede investigar a Claudia Sheinbaum por actos de precampaƱa rumbo a 2024

Ciudad de México(NDS).- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que el INE tiene competencia para investigar a Claudia Sheinbaum, por presuntos actos de campaña y precampaña para la elección presidencial de 2024.

La Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE admitió una queja interpuesta por el PRI por presuntos actos de precampaña y campaña realizados por la jefa de Gobierno de la Ciudad de México.

Como parte de las investigaciones, se requirió a Sheinbaum Pardo ā€œla información relacionadaĀ con su intención de contender a algĆŗn cargo de elección popular,Ā asĆ­ como con las manifestaciones realizadas y asistencia a los eventos denunciadosā€.

Sin embargo, la jefa de Gobierno impugnó el acuerdo del órgano electoral mediante la Dirección General de Servicios Legales de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales del Gobierno de la Ciudad de México.

El magistrado Felipe Fuentes consideró que Claudia Sheinbaum participó en estos actos como jefa de Gobierno, y por tanto, puede ser defendida por la Consejería Jurídica del Gobierno capitalino.

ā€œMe parece que en este caso concreto, en la medida en que se requiere a la referida ciudadana y funcionaria pĆŗblica, estimo que sĆ­ tiene legitimación el Director General de Servicios Legales de la ConsejerĆ­a JurĆ­dicaā€, expuso.

No obstante, el magistrado Indalfer Infante argumentó que el acuerdo no debió ser impugnado por la Consejería Jurídica y de Servicios Legales del Gobierno de la Ciudad de México, ya que se denunció a Claudia Sheinbaum como ciudadana que aspira a la presidencia, no como jefa de Gobierno capitalina.

ā€œA esto habrĆ­a que agregar que, inclusive, en los eventos donde se seƱala la participación, se ha expresado que fueron en dĆ­as inhĆ”biles, y ademĆ”s,Ā en otros casos se ha dicho que se solicitó la licenciaĀ y el descuento de los pagos correspondientes para participar en su carĆ”cter de ciudadanaā€, expuso.

ā€œSi la queja se sigue como ciudadana, las autoridades electorales podrĆ”n emitir las sanciones correspondientes. Sin embargo, si se le sigue como servidora pĆŗblica,Ā Ćŗnicamente podrĆ”n definir y mandarlo a los superiores jerĆ”rquicosĀ o los congresos localesā€, manifestó.

La resolución del Tribunal Electoral fue aprobada por cuatro votos a favor y tres en contra de los magistrados José Luis Vargas, Indalfer Infante y Mónica Soto.