Mujeres que trabajan y se dedican al hogar deben recibir compensación en divorcio

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró que las mujeres que trabajan y se dedican al hogar cumplen una doble jornada laboral que merece recibir una compensación en los procesos de divorcio y que la disolución del matrimonio en la Ciudad de México puede darse de inmediato.

La Primera Sala de la Corte estableció que acceder a la compensación en los procesos de divorcio no es exclusivo para las mujeres dedicadas preponderantemente al hogar, pues dedicarse también a trabajar genera una desigualdad para el desarrollo profesional de la mujer.

El criterio fue emitido por la Corte al resolver un amparo en revisión en el que una mujer casada por separación de bienes demandó una compensación a su ex esposo de 50% de los bienes que adquirieron durante el matrimonio.

Argumentó que durante los 40 años que estuvieron casados, si bien ella trabajó, se dedicó también al cuidado de sus tres hijas y del hogar, lo que impidió que se desarrollara en el ámbito profesional en igualdad de condiciones que su ex marido.

Jueces de primera instancia le negaron la petición porque estimaron que para tener derecho a la compensación debía demostrar que nunca había trabajado y que se dedicó de manera exclusiva al cuidado del hogar.

Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación coincidieron en que la mujer no pudo desarrollarse profesionalmente en igualdad de condiciones que su ex marido y por ello no pudo adquirir la misma cantidad de bienes.

“No reconocer esta situación invisibiliza el valor del trabajo doméstico y las dificultades de tener una doble jornada”, destacaron los ministros.

El fallo fue realizado por el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, quien concluyó que “la compensación procede cuando quien la pide demuestre que se dedicó al hogar y que esto le generó algún costo de oportunidad en su desarrollo profesional, aun cuando la persona sí trabajó fuera de casa”.

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